Preguntas Frecuentes

¿Qué deben pagarme si renuncio a mi trabajo en República Dominicana?

Si usted renunció a su trabajo, le corresponde el pago de: A) proporción del salario de Navidad (Doble sueldo); B) proporción de vacaciones; C) bonificación, en la medida que corresponda; y D) salarios pendientes por los días trabajados hasta el momento de la renuncia.

La renuncia no genera el pago de preaviso ni auxilio de cesantía, pues estos conceptos proceden cuando es el empleador quien lo desvincula mediante desahucio.

¿Qué deben pagarme si renuncio a mi trabajo en República Dominicana? | Jorge Taveras — Abogado Laboralista