Preguntas Frecuentes
¿Hay que trabajar todo el año para tener derecho a la participación en las utilidades (bonificación)?
No. Si el trabajador no prestó servicios durante todo el ejercicio económico, su participación se calcula proporcionalmente al salario correspondiente al tiempo trabajado.
Esto está expresamente contemplado en el artículo 223 del Código de Trabajo.
Ejemplo: si el ejercicio fiscal de la empresa coincide con el año calendario y una persona ingresó en agosto, no pierde el derecho por no haber trabajado desde enero; recibirá la proporción que corresponda al período efectivamente laborado.